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viernes, 6 de mayo de 2011

Nosotros ya estamos ¡Hasta la Madre! y tu ¿también?... te invitamos...


¡HASTA LA MADRE!

Democracia y libertad. Trabajo, educación, salud y salario digno, es lo que reclamamos los trabajadores, y a cambio recibimos de este gobierno déspota y criminal: represión, asesinatos, miseria, pérdida de derechos, desempleo, salarios de hambre.

En tan solo 4 años y 8 meses el gobierno ha asesinado a casi 40 mil ciudadanos; encarcelado y reprimido a cientos. La gran mayoría, trabajadores honestos, jóvenes estudiantes, niños, mujeres y muchos luchadores sociales. Decenas de miles de niños huérfanos y mujeres viudas, sin perspectiva alguna. Este es el resultado de su guerra contra el pueblo.

Pero el gobierno va por más. Quiere aprobar la Ley de Seguridad Nacional, que le da poder ilimitado para declarar a cualquier movimiento social, laboral, político, electoral, como un peligro para la “seguridad nacional” y usar el ejército y las fuerzas armadas para eliminarlo. Para suspender las garantías constitucionales y establecer un gobierno fascista y dictatorial. En lugar de detener su guerra criminal contra el pueblo, pretende legalizarla.

COMO YA ESTAMOS HASTA LA MADRE, esto debe terminar, debemos ponerle fin. El pueblo y los trabajadores tenemos la solución en nuestras manos: la gran fuerza que surja de nuestra unidad, hará posible que las cosas cambien.
La tarea es organizarnos, en el barrio, la fábrica, la escuela, etc., formemos nuestro comité popular y salgamos a participar en las movilizaciones y jornadas de lucha, invitemos a todos los que podamos a sumarse también.

¡ALTO A LA GUERRA Y LA REPRESIÓN DEL GOBIERNO CONTRA EL PUEBLO!
¡NO A LA LEY DE SEGURIDAD NACIONAL!
¡MUERA EL MAL GOBIERNO!

Domingo 8 de Mayo a las11:00 en la plaza Juárez, marcha contra la violencia y la represión del gobierno.

MOVIMIENTO DE LOS TRABAJADORES DEMOCRÁTICOS E INDEPENDIENTES.

Email: mdp_a_p@yahoo.com.mx

Sobre la petición acerca de la actualización de expedientes


El autoritarismo comienza cuando niegas el derecho del otro a expresar su opinión


Estimados delegados y representantes de Centros EMSaD:
 
Reciban por este conducto un cordial saludo, aprovechando para señalar que nos hemos enterado de que en distintos centros de trabajo les están requiriendo con urgencia a  los docentes diversos documentos 'para actualizar su expediente'. Al respecto hacemos las siguientes recomendaciones y observaciones:
-Al solicitar la documentación en lo individual a los trabajadores académicos sin siquiera notificar al sindicato, se está violando el carácter colectivo de la contratación. Al respecto, recordamos que al existir el Contrato Colectivo, se hace innecesario el contrato individual, en ese sentido no implica riesgo alguno para el trabajador el no contar con un contrato individual ni tampoco la falta de algún dato requerido para dicho contrato, tal como señalan con claridad los Artículos 24, 25 y 26 de la Ley Federal del Trabajo. En este sentido subrayamos el carácter ilegal de cualquier amenaza o coerción hacia los trabajadores académicos.
- La obligación de conservar el expediente de los trabajadores corresponde al patrón, no al trabajador.
-Los trabajadores académicos entregamos nuestros documentos al ingresar a laborar, si la contraloría le hizo observaciones a la institución por no tener completos sus expedientes, la solicitud de los documentos  debe hacerse por escrito, con tiempo suficiente y sin hostigar a los trabajadores, ya que quien está sujeto a la observación de contraloría no es el docente sino el patrón.
-En caso de que se hayan extraviado documentos, corresponde una sanción a quien resulte responsable, que de ninguna manera es el docente.
-Exigirle una solicitud de empleo a quien ya se encuentra laborando en la institución no solamente resulta improcedente sino que además constituye una agresión y una falta de respeto, que dados los últimos acontecimientos, no puede ser interpretada sino como una nueva agresión en nuestra contra . Si al ingresar a la institución no fue necesario presentar dicho documento, no puede ser exigido a quien ya ha sido contratado, por lo que los docentes no están obligados, de ninguna manera a hacer entrega de dicho documento. Cualquier amenaza o presión en este sentido será interpretado en los términos señalados en el numeral VI del Artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo.
- En el contexto actual,  de violaciones a los derechos laborales  por parte de la direcciòn del COBAEJ, lo que podría ser un mero trámite ordinario se convierte en  un acto de hostigamiento que incluso puede resultar en una nueva violación a la Ley Federal del Trabajo. Asimismo, interpretamos esta situación en el contexto de los intentos del gobierno por modificar la Ley Federal del Trabajo, por lo que en la práctica intentan aproximarnos a las condiciones de trabajo que desean, y que consisten básicamente en someter al trabajador a una servidumbre en la que se encuentre  desprovisto de derechos y sujeto en todo momento a la voluntad de su patrón. Insistimos en la importancia que tiene que los miembros del SUACOBAEJ cobremos conciencia de la importancia que tiene la defensa de la Ley Federal del Trabajo, por lo que sugerimos que las molestias que causan este tipo de actos de hostigamiento sean interpretadas como una muestra de lo que nos espera si no detenemos la embestida en contra de la clase trabajadora. Por ello, reiteramos la invitación a todos los compañeros a sumarse a las acciones que constantemente estamos realizando como sindicato en defensa de nuestra dignidad y de nuestros derechos laborales.
Por lo anterior, solicitamos  que se hagan del conocimiento de los compañeros trabajadores las presentes consideraciones, para así orientarlos en cuanto a la manera de proceder con respecto a esta situación.
Agradeciendo de antemano la atención prestada a la presente, y reiterando nuestro compromiso de defender los derechos laborales de nuestros afiliados, quedamos a sus apreciables órdenes.
 
 
ATENTAMENTE
 
POR LA UNIDAD GREMIAL Y EL AVANCE ACADÉMICO
 
Comité Ejecutivo Estatal
SUACOBAEJ
 
 

martes, 3 de mayo de 2011

CIRCULAR ACLARATORIA SOBRE OFICIO DE AMENAZA




Guadalajara, Jal. a 15 de Abril de 2011



A los Trabajadores Académicos
afiliados al SUACOBAEJ
PRESENTE:


Con respecto  al oficio sin número, con fecha  del 8 de abril de 2011 por medio del cual el director del Colegio de Bachilleres del Estado de Jalisco, C. José Antonio Cabello Gil se dirige de forma amenazante a los trabajadores académicos afiliados al SUACOBAEJ  que participaron en las acciones que se llevaron a cabo el día 25 de marzo del año en curso, nos permitimos hacer los siguientes señalamientos:
-          En los casos en los que un trabajador académico falta a sus labores, procede el descuento de las horas no laboradas, por medio del reporte de incidencias,  de acuerdo con la cláusula 25 del Contrato Colectivo de Trabajo “Los descuentos a los trabajadores académicos por inasistencias y demás incidencias se contabilizarán en periodos de 15 días con fecha de cierre al día hábil inmediato posterior de la conclusión de la quincena, debiendo el COBAEJ  publicar en cada Centro de trabajo y entregar copia al Delegado o Representante del SUACOBAEJ  del reporte de incidencias correspondiente”. En ningún lado se menciona que quien falte se hará acreedor a un apercibimiento o amenaza por escrito, por lo que este comunicado queda fuera de lo estipulado y viola el sentido del Contrato Colectivo de Trabajo.

-          Resulta notorio el tono amenazante y la intención de amedrentar por medio de este escrito, sin embargo queda en evidencia la falta de conocimientos jurídicos  así como de lógica elemental por parte del C. Cabello, ya que en el artículo 135 citado se menciona que “queda prohibido suspender labores”. Lo anterior carece de coherencia, ya que resulta imposible suspender labores a quien, según el mismo escrito señala, faltó en la fecha mencionada. En ese mismo sentido, resultaría por demás difícil al trabajador  “hacer cualquier tipo de propaganda en el establecimiento en el que presta sus servicios”, tomando en cuenta que
se le está amonestando precisamente por no haberse presentado a dicho establecimiento. Por lo anterior, la amenaza de recisión de contrato carece por completo de fundamento, evidenciándose así su carácter ilegal.

-          Si la intención es manchar el expediente de los docentes para así obstaculizar su acceso a derechos como recategorización o estímulos, hay que mencionar que, dado la improcedencia legal de este escrito como ‘sanción administrativa’ se interpondrán los recursos legales correspondientes para salvaguardar los derechos laborales de los trabajadores académicos que eventualmente pudieran verse injustamente afectados.

-          La amenaza de “recisión de contrato sin responsabilidad para el patrón” constituye, esa sí,  una violación concreta a la Ley Federal del Trabajo, que en su artículo 132, Fracción VI señala  que el patrón “deberá guardar a los trabajadores la debida consideración absteniéndose de maltrato de palabra o de obra”. Resulta evidente que amenazar sin fundamento con
rescindir el contrato constituye un  acto de maltrato, por lo que los trabajadores académicos en lo individual, así como el SUACOBAEJ como órgano representante colectivo, se reservan el derecho de llevar a cabo
las acciones legales correspondientes ante esta amenaza que se viene a sumar a una serie de acciones de hostigamiento y acoso laboral así como de agresiones físicas y verbales en contra de los miembros de este sindicato, además de las violaciones sistemáticas al Contrato Colectivo de Trabajo.

-          Las referidas amenazas evidencian el doble discurso del director general, que mientras simula acercamientos y negociaciones con el Comité Ejecutivo Estatal del SUACOBAEJ, agrede de esta manera a los trabajadores intentando coartar  sus derechos constitucionales. De igual modo queda en evidencia la intención que ha manifestado el C. Cabello desde su llegada a la Dirección General del COBAEJ de ir en contra de los derechos de los trabajadores académicos y de agredir al SUACOBAEJ.

-          Hay que recordar que no se puede ser juez y parte en un conflicto laboral, por lo que si el C. Cabello considera que los docentes violamos la ley, está en su derecho de recurrir a las instancias legales correspondientes, así como en la obligación de acatar las resoluciones procedentes. De lo contrario, es importante aclarar que entre sus atribuciones como Director General no se encuentran las de plantear interpretaciones ni mucho menos dictar sentencias en materia laboral.

-          En cuanto a la solicitud de probidad y honradez dirigida a los docentes, no podemos menos que solicitar lo mismo a quien dirige el COBAEJ, tomando en consideración que como servidor público se encuentra sujeto a obligaciones expresadas en la Ley de Transparencia, así como a responsabilidades administrativas señaladas en la Ley de Servidores Públicos y cuyo incumplimiento puede acarrear no sólo la recisión de su contrato sino incluso sanciones económicas y administrativas tales como la inhabilitación, misma que ya ha sido aplicada a varios exdirectivos de nuestra institución.
En espera de que la presente contribuya a aclarar algunas dudas manifestadas por los compañeros afiliados a este sindicato, quedamos a sus apreciables órdenes y refrendamos nuestro compromiso de trabajar en defensa de nuestros derechos laborales.

ATENTAMENTE

POR LA UNIDAD GREMIAL Y EL AVANCE ACADÉMICO

COMITÉ EJECUTIVO ESTATAL
SUACOBAEJ